REGLAMENTO
 
 

PROGRAMA DE PUNTOS - ELECTRICIDAD RD S.R.L.

La participación en la presente promoción (en adelante, la “Programa”), organizada por ELECTRICIDAD RD SRL (CUIT Nº 30-68133030-1 ) (en adelante el “Organizador”), con domicilio en Jujuy 642 , Cuidad de Salta, Provincia del mismo nombre, implica el conocimiento y la aceptación del siguiente reglamento (“reglamento”), como también los programas, procedimientos, reglamentos o sistemas establecidos por el Organizador para la participación.

1. Establecimientos Adheridos a la Promoción
Participarán en esta Promoción las sucursales RD MAX, RD EXPRESS y RD AGUAS, las que se encontrarán debidamente identificadas con material alusivo al presente Programa.

2. Participantes
Podrán participar del Programa todas las personas físicas mayores de 18 años. No podrán participar los empleados, ni personal directivo del Organizador, ni sus familiares directos. Las personas jurídicas participarán a través de sus representantes. El estado Nacional, Provincial y Municipal no podrán participar en el presente.

3. Titularidad
Es requisito indispensable para obtener los beneficios de esta Promoción ser TITULAR de una TARJETA, la que deberá estar vinculada a un cliente del Organizador. La adquisición de la Tarjeta se realizará vía Internet en www.electricidadrd.com.ar o de forma física en el mostrador de las sucursales adheridas.-

4. La TARJETA
Es personal e intransferible y sólo puede ser utilizada por la persona a cuyo nombre está extendida, es decir el TITULAR.
La TARJETA es propiedad de Electricidad RD SRL
El organizador se reserva el derecho a solicitar la devolución de la TARJETA cuando, a su sólo criterio, se haga un uso indebido o inconveniente de ésta.
Asimismo, el organizador se reserva el derecho de solicitar la devolución de la TARJETA por cualquier otro motivo que perjudique el normal desarrollo del Programa. Asimismo cualquier otra cuestión que se suscite con el TITULAR de una TARJETA en relación al Programa, será resuelta en forma definitiva e inapelable por Electricidad RD SRL

5. Objeto de la Promoción
El puntaje acreditado a través de la utilización de las TARJETAS por la compra de productos en las Sucursales Adheridas, será canjeable por los regalos que se encuentran especificados en la oferta de regalos y beneficios (en adelante LA OFERTA) disponibles en www.electricidadrd.com.ar.-

6. Mecánica de Participación
En las TARJETAS, se asignará: a) un (1) punto por cada $ 8,00 (ocho pesos) en la compra de productos. Los puntos obtenidos por las compras registradas a través de las TARJETAS sólo serán computables en el marco de RD PREMIUM y PROFESIONAL PREFER y no podrán ser utilizados en promociones y/o cualquier otro programa implementado por ELECTRICIDAD RD SRL, salvo especificación en contrario. Los puntos vencerán al año de ser adquiridos. Constarán en la factura por el total de compra sin incluir IVA. Los puntos se adjudican antes de confeccionar la factura, de no tenerla o presentar la tarjeta luego de este momento no se cargarán los puntos.

7. Tarjetas perdidas, deterioradas, robadas y/o hurtadas

El Titular deberá denunciar en forma inmediata al Organizador cualquier pérdida, deterioro sustancial, robo o hurto de su TARJETA.
Dicha denuncia deberá ser ratificada en forma personal y/o por notificación fehaciente dentro del plazo de las 48 hs de producido el hecho. Ratificada la denuncia, el Organizador procederá al reemplazo de la TARJETA dentro de las 96 (noventa y seis) horas si existe stock de la misma y se encuentra vigente la información del titular con un COSTO para el Titular, de 100 (cien puntos) o si no acumulare esa cantidad, los puntos obtenidos, hasta ese momento.-

8. Adjudicación y entrega de Regalos
Para que los clientes reciban los regalos aquí previstos deberán cumplir con los requisitos establecidos en el presente Reglamento.
Todos los gastos y costos en que incurran o pudieran incurrir para utilizar sus regalos, incluidos los traslados en caso de que el Evento se realice en una localidad lejana a su domicilio, estarán a cargo y cuenta exclusiva del cliente que se haya visto favorecido con los regalos.
Los regalos serán entregados en cualquiera de las sucursales, procediendo al descuento de los puntos correspondientes por el regalo recibido.
El plazo de entrega de los premios será de 15 días hábiles, no siendo estos forzosos. Ante demoras en la entrega del premio no se aceptará reclamo alguno.

9. Autorización
El Organizador se reserva el derecho de realizar actos de publicidad, de prensa, promoción, publicación y difusión que consideren conveniente de aquellos clientes que se vean favorecidos con los regalos. Con la sola participación en el presente Programa, el cliente favorecido con los regalos presta su expresa conformidad para la utilización y difusión de su Nombre y Tipo y Nº de Documento e Imágenes (foto y voz) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga, durante el plazo de 6 meses. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 1071 bis del Código Civil, del artículo 11 del Pacto de San José de Costa Rica, del artículo 31 de la Ley N° 11.723, del art. 3, inc. h) de la Ley N° 22.362 y toda otra normativa concordante. En virtud de esta autorización gratuita, el cliente favorecido con los regalos no tendrá derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

10. Responsabilidades
La responsabilidad del Organizador finaliza con la puesta a disposición del Ganador de los regalos. El Organizador no será responsable de los daños y perjuicios que pudieran sufrir el o los clientes favorecidos con los regalos o terceros, en sus personas y/o bienes, con motivo o en ocasión de sus traslados, estadía y/o en la participación del Evento cuando se goce de los regalos. Los clientes que se hayan visto favorecidos con los regalos mantendrán indemne y a salvo al Organizador por cualquier daño, pérdida, accidente acaecido como consecuencia del uso y goce de los regalos.
El Organizador no otorga garantía de calidad, condición mecánica, evicción, vicios ocultos, funcionamiento, ni ninguna otra con relación a los regalos, debiendo dirigirse cualquier reclamo a los fabricantes, vendedores o importadores de los mismos.

11. Consulta de reglamento y su modificación.
Por el solo hecho de participar, todos los Participantes aceptan conocer y aceptar las condiciones del presente reglamento. El presente reglamento podrá ser modificado en cualquier momento por el Organizador, motivo por el cual sugerimos consultar el presente Reglamento que estará disponible dentro del plazo de vigencia de la Promoción en el Portal www.electricidadrd.com.ar.

12. Facultades del Organizador
El Organizador podrá ampliar la cantidad de Regalos ofrecidos y/o el Plazo de vigencia del Programa. Cuando circunstancias no imputables al Organizador ni previstas en este Reglamento o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, el Organizador podrá suspender, cancelar o modificar el Programa, supuestos en los cuales los Participantes no tendrán derecho a reclamo alguno. La Organización se reserva el derecho de concluir el Programa notificando tal decisión con 30 (treinta) días de antelación a la fecha de su finalización, por cualquier medio masivo de comunicación.

13. Jurisdicción
Para el caso de dudas o divergencias para la aplicación de las presentes bases corresponderá la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Salta, de conformidad con la reglamentación vigente al momento de entrar en vigencia dichas bases, con expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.